Desde el 8 al 25 de abril, los ayuntamientos que están cancelando su deuda con el compartimento Fondo de Liquidación para la Financiación de los Pagos a Proveedores mediante retenciones de su participación en los tributos del Estado pueden solicitar modificar este procedimiento por préstamos con cargo al Fondo de Financiación a entidades locales.
El pasado 14 de marzo, la Comisión Delegada del Gobierno para asuntos Económicos aprobó medidas de apoyo a las entidades locales mediante la modificación de las condiciones financieras en los casos en los que se aplica retenciones de la participación en los tributos del Estado y en los préstamos formalizados por los ayuntamientos en situación de riesgo económico con el Fondo de Financiación a Entidades Locales.
Entonces, se determinó que sería la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local la que, en una resolución posterior, determinase el procedimiento y los plazos para hacer efectiva esta modificación. Este trámite se cumplió el pasado 3 de abril.
La resolución establece que la solicitud se presentará a través de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera, accesible desde la página web del Ministerio de Hacienda, y deberá estar referida a la totalidad del saldo pendiente de cancelar con cargo a la participación en los tributos estatales.
Este documento deberá acompañarse de un plan de ajuste o de la modificación del que este vigente y el compromiso de aceptar la imposición de medidas que pueda determinar el Ministerio de Hacienda y Función Pública en caso de riesgo de incumplimiento. Ambos documentos deben contar con la aprobación del pleno municipal.
Una vez concluido el plazo para la recepción de solicitudes, será la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local la encargada de valorar las peticiones. Antes del 14 de mayo, emitirá una resolución con las entidades autorizadas a realizar la modificación.
El siguiente paso será aprobar la formalización de los contratos de préstamo por parte del órgano competente del ayuntamiento, fijándose el plazo máximo para este trámite el 21 de mayo.
El Ministerio de Hacienda recuerda que esta medida no supone la concesión de una nueva financiación o un aumento de la aprobada en su día con cargo al Fondo de Financiación de las Entidades Locales.