La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) ha remitido una nota a los ayuntamientos con algunas aclaraciones sobre la suspensión de las reglas fiscales para 2020 y 2021 en las entidades locales.
La FEMP recuerda que el Congreso de los Diputados respaldó, el pasado 20 de octubre, aplicar la previsión constitucional (artículo 135.4) que permite superar el límite de déficit y el volumen de deuda pública en casos de emergencia.
Esta medida sigue las recomendaciones de la Comisión Europea que optó por aplicar la cláusula de salvaguarda del Pacto de Estabilidad y Crecimiento. De esta forma, se permite a los estados aplazar la senda de consolidación fiscal.
La iniciativa del Gobierno de España suspende, por tanto, los objetivos de estabilidad y deuda y la regla de gasto. Además, permite a las entidades locales emplear sus remanentes de tesorería durante los años 2020 y 2021.
Ahora bien, la federación de municipios incide en que, pese a esta flexibilización, se han establecido unos objetivos de referencia para el déficit que, en el caso de la administración local, es del 0,1% del PIB.
Como resumen de las consecuencias para las entidades locales de la suspensión de las reglas fiscales, la FEMP enumera las siguientes:
– Los Planes Económicos Financieros (PEF) presentados por Entidades Locales para ambos ejercicios como consecuencia del incumplimiento de los objetivos establecidos para 2019 deben considerarse superados.
– La exigencia de destinar el superávit para reducir deuda, aun siendo deseable, quedará en suspenso en estos años.
– Los objetivos de estabilidad no serán un límite en el destino del superávit para financiar Inversiones Financieramente Sostenibles (IFS).
– Los ayuntamientos puedan utilizar sus remanentes de tesorería para colaborar en la recuperación económica y social.