La Secretaría de Financiación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda ha hecho público un documento con preguntas y respuestas sobre la suspensión de las reglas fiscales durante los ejercicios 2020 y 2021.

El texto incluye 22 cuestiones divididas en tres grandes grupos: cuestiones comunes a comunidades autónomas y entidades locales, asuntos específicos de las comunidades autónomas y materias que incumben únicamente a las entidades locales.

En este último apartado se aborda el mantenimiento del régimen de endeudamiento, el destino del superávit y los informes de sostenibilidad financiera.

Así, se recuerda que “se mantiene la aplicación en su totalidad del régimen de endeudamiento de las EELL establecido en el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y en otras normas con rango de ley. De este modo, se mantiene y no se suspende el régimen de autorización de operaciones de crédito”.

Por otro lado, se aclara que no se exigirá el cumplimiento del artículo 32 de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LOEPSF) en relación con el superávit de 2019 y de 2020 y su destino en 2020 y 2021, respectivamente.

La suspensión de las reglas fiscales supone que no se apliquen las medidas correctivas y coercitivas incluidas en la legislación vigente. Por lo tanto, en 2020, no se aplicarán las medidas relacionadas con el “incumplimientos en 2019 de reglas fiscales constatados con las liquidaciones de presupuestos, o con los estados contables del cierre del ejercicio. En 2021 y 2022, tampoco se aplicarán en relación con los resultados de las liquidaciones de 2020 y 2021, respectivamente”.

De cara a los presupuestos de 2021, las entidades locales podrán presentar “una situación de déficit de hasta el 0,1% del PIB, en términos de contabilidad nacional, aunque la de equilibrio presupuestario debería ser la situación deseable”.

Ahora bien, el Ministerio deja claro que “la suspensión de las reglas fiscales no implica otra correlativa de las obligaciones que tienen las administraciones públicas con terceros, y, concretamente, con los proveedores”. Por tanto, se han de mantener los periodos de pago. Tampoco afecta al cumplimientos de las obligaciones de transparencia y suministro de información.

El documento completo de preguntas y respuestas sobre la suspensión de las reglas fiscales puede consultarse aquí: Preguntas frecuentes sobre las consecuencias de la suspensión de las reglas fiscales en 2020 y 2021.

 

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