El Ministerio de Haciendan ha comenzado los tramites para compensar a las entidades locales por la caída de ingresos en el transporte público como consecuencia de la pandemia de COVID-19 y las medidas adoptadas para reducir su propagación. Con estas ayudas, se podrá hacer frente al déficit extraordinario que hayan sufrido los operadores del servicio en 2020.
Podrán beneficiarse de esta línea de ayudas los ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades y comarcas que presten servicio regular de transporte público urbano o interurbano sea cual sea el modelo de gestión.
Como primer paso, los ayuntamientos deberán suministrar información sobre el ejercicio 2019 que servirá de base para calcular la compensación. Entre los datos que deben aportar se encuentran:
– La identificación del prestador del servicio y la modalidad de gestión.
– La cifra neta de negocio.
– Los ingresos del prestador del servicio por la aplicación de tarifas o precios públicos.
-El porcentaje de participación del ayuntamiento.
Documentación necesaria
Además de facilitar esta información, se debe incluir un certificado del interventor con los ingresos por tarifa o precio público obtenidos en 2019. Este documento incluirá los distintos tipos de títulos de transporte, el número de los emitidos y los ingresos correspondientes a cada uno de ellos.
En el caso de que el servicio se haya prestado por una sociedad mercantil municipal o por empresas en régimen de concesión, se incorporarán las cuentas anuales de la entidad que presta el servicio (cuenta de pérdidas y ganancias y la memoria), acompañadas del informe de auditoría.
Si la prestación es en régimen de gestión directa por una entidad o por un organismo autónomo sujetos a presupuesto limitativo, se ha de remitir documentación detallada de las partidas de ingresos y gastos imputables al servicio de transporte y una memoria sobre la prestación de servicio.
Para este trámite, dispondrán de 15 días desde que se abra la aplicación telemática en la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales.
Sobre la base de estos datos, el Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaria General de Financiación Autonómica y Local, comparará la actividad de 2019 con la de 2020 y calculará la concesión de subvenciones directas a las entidades prestadoras del servicio.
Las instrucciones relativas al suministro de información están publicadas en el Boletín Oficial del Estado del 12 de marzo de 2021.