Los ayuntamientos tienen hasta el 31 de enero para cumplir con el requisito de comunicación de los presupuestos municipales 2022 al Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Según la normativa, la información que se ha de comunicar debe incluir a todas las entidades dependientes de la administración local.
Los datos se solicitan difieren entre las entidades sometidas al presupuesto limitativo o contabilidad pública y aquellas que siguen el plan de contabilidad de empresas. En el primer caso se debe aportar lo siguiente:
– Presupuesto aprobado para el ejercicio 2022 o, en su caso, el prorrogado hasta la aprobación del Presupuesto.
– Inversiones previstas realizar en el ejercicio 2022 y en los tres siguientes.
– Estado de movimientos y situación de la deuda.
– Dotación de plantillas y efectivos previstos en el ejercicio 2022.
– Pasivos contingentes.
– Beneficios fiscales y su impacto en la recaudación.
– Información que permita relacionar el saldo resultante de ingresos/gastos con la capacidad o necesidad de financiación, de acuerdo con el Sistema Europeo de Cuentas aprobado por el Reglamento (UE) 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013 (SEC 2010).
Para las entidades sujetas al plan de contabilidad de empresas la información a suministrar consistirá en:
– Estados financieros iniciales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Estado de flujo de fondos provisionales) para el ejercicio 2022.
– Inversiones previstas realizar en el ejercicio 2022 y en los tres siguientes.
– Estado de movimientos y situación de la deuda.
– Dotación de plantillas y efectivos previstos en el ejercicio 2022.
– Si la entidad forma parte del sector Administraciones Públicas de acuerdo con la delimitación del SEC 2010, se incluirá la previsión de la capacidad/necesidad de financiación de la entidad en el ejercicio 2022 calculada conforme a las normas SEC.
Además, en todos los casos se ha de incluir un informe de la Intervención local relativo al cumplimiento de los objetivos de estabilidad y del límite de deuda para el grupo de entidades del Sector Administraciones Públicas.
Asimismo, hay que aportar otro informe de la Intervención local de cada una de las entidades dependientes de la corporación local no clasificadas en el Sector Administraciones Públicas referido al cumplimiento de la estabilidad presupuestaria en términos de equilibrio financiero.
Toda esta información debe remitirse a través de la aplicación específica de la Oficina Virtual para la Coordinación Financiera con las Entidades Locales.
Para facilitar el cumplimiento con la obligación de comunicación de los prepuestos municipales 2022, el Ministerio de Hacienda y Función Pública ha puesto a disposición de los ayuntamientos una guía que puede consultarse en este enlace: Guía para la comunicación de la información.