Antes del día 1 de noviembre de cada año, las entidades locales tienen la obligación de informar de los costes efectivos de los servicios municipales que prestan directamente o a través de entidades y organismos vinculados o dependientes. Para ello, deben basarse en los datos de la liquidación del presupuesto general y, en su caso, en las cuentas anuales del ejercicio anterior.

Para cumplir con esta obligación, Hacienda ha abierto la aplicación CESEL a través de la cual se debe suministrar la información.

Cada corporación debe cumplimentar los datos relativos a los servicios de prestación obligatoria y de competencias propias a través de cuatro formularios.

El primero de ellos (CE1) recoge información sobre la forma de gestión del servicio. En caso de las entidades principales se ha de indicar la forma de prestación:

  • Directa
  • Directa a través de organismo autónomo de la entidad local, entidad pública empresarial o sociedad mercantil laboral
  • Indirecta mediante concesión, por concierto o por sociedad económica mixta.
  • Gestión por otra entidad principal (mancomunada, comarcal, diputación u otro tipo de agrupación).
  • Gestión consorciada
  • En colaboración con otra administración.
  • Otras formas de gestión cuando se preste a través de dos formas distintas, genera costes en dos o más entre del grupo consolidado o se gestione mediante una empresa privada.

Para las entidades dependientes o vinculadas las opciones son: directa, indirecta, por otra entidad principal supramunicipal, gestión consorciada y en colaboración.

El CE2 se centra en los datos relativos al coste de cada servicio. Se trata de la suma de los gastos directos y, en su caso, gastos indirectos para los casos de gestión directa y/o las contraprestaciones para los supuestos de gestión indirecta.

Por su parte, el CE3 recoge los datos de las unidades físicas de referencia, utilizadas en cada servicio. Los datos, en su caso, se calcularán utilizando la metodología incluida en la Encuesta de Infraestructuras y Equipamientos locales.

Por último, el CE4 está destinado a diputaciones, consorcios, mancomunidades, agrupaciones y otras entidades análogas. Incluye informativo relativa a la relación de las entidades locales a las que presta cada uno de los servicios.

El Ministerio de Hacienda ha publicado un documento con las directrices para comunicar la información y otro con preguntas y respuestas a cuestiones relativas al suministro de información de los costes efectivos de los servicios municipales.