El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publicaba el pasado 12 de mayo la Ley de Medidas Económicas, Sociales y tributarias frente a la Despoblación y para el Desarrollo del Medio Rural. Se trata de una ley “pionera” para luchar contra uno de los principales problemas del medio rural.

Más del 90% de la geografía de Castilla-La Mancha es rural, más de la mitad de los municipios cuentan con menos de 500 habitantes y solo 12 superan los 30.000. La despoblación hace muy difícil la subsistencia de los ayuntamientos y la prestación de muchos servicios básicos. La nueva norma nace con la intención de “procurar servicios públicos básicos adaptados a las necesidades de su población, posibilitando la igualdad de oportunidades efectiva para sus habitantes, y la cohesión económica y social del medio rural.

A lo largo de 77 artículos, el texto aborda cuestiones como la categorización del medio rural, el acceso a las ayudas y subvenciones, la colaboración institucional, el acceso a los servicios públicos, el fomento del empleo, la conciliación o las medidas tributarias.

Se establecen las siguientes categorías para el medio rural: zonas escasamente pobladas, zonas en riesgo de despoblación, zonas rurales intermedias y zonas rurales periurbanas.

 

Apoyo económico

El nuevo texto legal impulsa la llegada de ayudas y subvenciones públicas a las zonas despobladas. Con este objetivo, las bases reguladoras y convocatorias del sector público regional “incorporarán criterios de incentivación positiva y medidas de apoyo específico para solicitantes de zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación”. Entre ellas, se hace mención a los siguientes:

– Establecer líneas de ayudas específicas para estas zonas.

Reservar una parte del crédito total de las convocatorias para proyectos procedentes de dichas zonas.

Incrementos porcentuales de como mínimo un 20 % de la intensidad de la ayuda, que podrá alcanzar hasta el 40 %, en el caso de proyectos de zonas de extrema despoblación.

– Otorgar puntuación adicional en los procesos de concurrencia, de al menos el 20 % del total de la puntuación prevista, que podrá alcanzar el 40 %, en el caso de proyectos de zonas de extrema despoblación.

Por otro lado, se impulsará el desarrollo de la administración electrónica con garantías de accesibilidad a todos los colectivos.

En cuanto al acceso a equipamientos y servicios básicos, se procurará que el tiempo de acceso desde cualquier núcleo no supere los 30 minutos.

 

Medidas tributarias

La norma también incluye una serie de medidas tributarias para luchar contra la despoblación. Un ejemplo es la deducción de un porcentaje de la cuota íntegra autonómica del IRPF a aquellos contribuyentes que tengan su “residencia habitual y estancia efectiva” en las zonas escasamente pobladas.

Por otro lado, se ofrecen tipos reducidos en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) para la transmisión de inmuebles situados en los municipios de las zonas afectadas por la despoblación y que vayan a dedicarse a primera vivienda habitual. Esta bonificación también alcanzará a los inmuebles que se destinen a sede o centro de trabajo de empresas.

Asimismo, se fijan bonificaciones en la cuota tributara por actuaciones en suelo industrial y terciario.