Como una medida extraordinaria para hacer frente al COVID-19, el Gobierno ha aprobado que los ayuntamientos puedan destinar parte del superávit de 2019 a financiar políticas locales.
En su reunión del 17 de marzo, el Consejo de Ministro aprobó un Real Decreto-Ley con diversas medidas de carácter urgente para hacer frente al impacto económico y social de la pandemia de COVID-19. Entre ellas, se establece que los ayuntamientos dispongan de hasta 300 millones del superávit de 2019 para financiar las ayudas económicas y las prestaciones de servicios sociales de atención primaria y atención a la dependencia.
En concreto, el artículo 3 del Real Decreto-Ley, dice lo siguiente:
“El superávit presupuestario de las entidades locales correspondiente al año 2019 se podrá destinar para financiar gastos de inversión incluidos en la política de gasto 23, «Servicios Sociales y promoción social», recogida en el anexo I de la Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de la Entidades Locales, previa aplicación de las reglas contenidas en la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Asimismo, dentro de aquella política de gasto, se considerarán, con carácter excepcional y a lo exclusivos efectos de este artículo, incluidas las prestaciones señaladas en el punto 2 del artículo 1 de este Real Decreto-ley”
El citado artículo incluye, entre otras cuestiones:
– Reforzar los servicios de proximidad de carácter domiciliario.
– Incrementar y reforzar los dispositivos de teleasistencia.
– Traslado de servicios de rehabilitación, terapia ocupacional, higiene y similares al ámbito domiciliario.
– Reforzar los dispositivos de atención a las personas sin hogar.
– Reforzar la plantilla de los centros sociales y otros centros asistenciales
– Adquirir medios de prevención (EPI)
– Ampliar partidas destinadas a garantizar ingresos suficientes a las familias.
– Reforzar los servicios de respiro a personas cuidadoras y medidas de conciliación.