Desde el pasado 2 de abril, las administraciones públicas cuentan con una regulación única tanto para sus relaciones con los ciudadanos como con otras administraciones a través de medios online: el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos.

El Real Decreto (203/2021) que da publicidad a este marco normativo unifica los dos leyes que hasta hora abordaban este asunto: la del Procedimiento común de las administraciones públicas (Ley 39/2015) y la del Régimen jurídico del sector público (Ley 40/2015). Asimismo, pretende impulsar la digitalización de todos los niveles de la Administración.

En este camino, y a lo largo de sus 65 artículos distribuidos en cuatro títulos, diez disposiciones adicionales y un anexo de definiciones, el reglamento promueve el derecho de los ciudadanos a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas. En esta línea, se obliga a la relación electrónica de las personas jurídicas y de algunas categorías de personas físicas, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015. Además, se instaura la tramitación electrónica de los procedimientos como actuación habitual las distintas instituciones públicas.

En esta línea, todas las notificaciones se realizarán por medios electrónicos salvo que los receptores sean personas físicas que no estén obligadas a ser notificadas electrónicamente. Igualmente, dispondrán de un archivo electrónico con los expedientes de procedimientos finalizados. Transcurridos dos años desde la entrada en vigor de este real decreto, los documentos en soporte no electrónico de los que se haya obtenido una copia electrónica auténtica podrán ser eliminados en las mismas condiciones que establece este real decreto.

La nueva normativa propone eliminar el papel para la mayor parte de los procesos, lo que ayudaría a una eliminación progresiva de la impresión y su consiguiente beneficio ambiental.

 

Sedes electrónicas y Carpeta Ciudadana

En aras de una mayor interoperatividad entre las distintas administraciones, se establecen las características que han de tener las sedes electrónicas, los sistemas de firma de sello o código seguro de verificación y los sistemas propios de firma electrónica.

Con el fin de promover la transparencia y la participación ciudadana, se regula el funcionamiento del Punto de Acceso General electrónico (PAGe), la Carpeta Ciudadana y los registros electrónicos.

Además de las gestiones ciudadanas, este texto aborda el funcionamiento interno de las administraciones y las relaciones con otros estamentos de la administración pública mediante los medios digitales.

Estas últimas iniciativas están encaminadas a que lo ciudadanos no tengan que aportar en nuevos procesos información de la que ya disponga la Administración o que puedan consultar las notificaciones en un espacio digital único.

Con todo, el Gobierno afirma que pretende “contar con una Administración Pública digital, moderna, accesible y personalizada a las necesidades de los distintos colectivos sociales”. Para ello, el nuevo reglamento busca mejorar la eficiencia administrativa, incrementar la transparencia y la participación, garantizar servicios digitales fácilmente utilizables y mejorar la seguridad jurídica.