El Tribunal de Cuentas tiene asignado el control externo de las entidades locales para asegurar el cumplimiento de los principios de legalidad, eficiencia y economía. Para llevar a cabo está función, los ayuntamientos deben presentar la cuenta general de 2018 antes del próximo 15 de octubre, tal y como establece el artículo 223.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Con anterioridad, la cuenta general, con la información económica, financiera, patrimonial y presupuestaria, debe haber pasado por distintos procesos que culminarán con su aprobación definitiva por el pleno.

Este periplo comienza con la rendición de cuentas del presidente de la entidad local antes del 15 de mayo del ejercicio siguiente. En esta fecha, deben hacer lo propio los organismos autónomos y sociedades mercantiles cuyo capital pertenezca al 100% al consistorio.

Antes del día 1 de junio, la cuenta general debe someterse a un informe de la Comisión Especial de Cuentas de la entidad local en la que estarán representados los grupos integrantes en la corporación.

La cuenta y el citado informe deberán exponerse al público durante 15 días. Durante 23 días desde el comienzo de la exposición, los interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que serán examinados por la Comisión Especial, que tendrá que emitir un nuevo informe.

Antes del 1 de octubre, la documentación llegará al pleno municipal para la aprobación, si procede, de la cuenta general. El paso final será la remisión al Tribunal de Cuentas para que, como organismo de control externo, fiscalice la gestión realizada.

 

El 60% de los ayuntamientos rinde cuentas dentro del plazo

Tal y como abordamos hace unas semanas en este mismo blog, solo 6 de cada 10 entidades locales rinden cuentas en el plazo establecidopor la legislación vigente. El porcentaje sube al 75% si se amplia el periodo de presentación hasta el 31 de diciembre.

Ante la falta de cumplimiento de los plazos,el Tribunal de Cuentas ha pedido al Gobierno la aplicación de la retención en los tributos del Estado que corresponda a las entidades locales que incumplan la obligación de rendir las cuentas generales, y de que se promueva la iniciativa legislativa oportuna para establecer como requisito para el acceso a las subvenciones o ayudas públicas estar al corriente en la rendición de cuentas.

Los ayuntamientos deben presentar la cuenta general de 2018 antes del 15 de octubre de forma electrónica a través de la plataforma www.rendicióndecuenca.es tras el proceso de identificación del usuario, bien mediante su contraseña, bien utilizando un certificado electrónico. Tras cumplimentar el trámite, el sistema reporta un acuse de recibo.